
Cartel de la campaña confederal de CCOO para contrarrestar el uso malintencionado que las patronales hacen del término “absentismo”.
Secretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO
A principios de julio nuestro Secretario general, Unai Sordo, y yo mismo presentamos una campaña para desarrollar desde las redes sociales, con materiales para que aterricen en las empresas con un lema central: “No ejerzas tus derechos” (que presenta una antítesis), y con el subtítulo el ejercicio de tus derechos, “no es absentismo, es un derecho”. ¡Que no te engañen! (la tesis).
Todos los años, de manera recurrente, nos encontramos con estudios y análisis sobre el absentismo laboral en España. Es habitual que los titulares de las conclusiones que recogen estos estudios demuestren claras tendencias de parte. Estudios con orígenes de perfil vario y vinculados con los intereses del empresariado como Mutuas, ETT, Recursos Humanos, organizaciones empresariales…, en buena medida porque son ellos los que tienen el acceso a muchos datos imprescindibles para que estos estudios o informes tengan cierta solvencia, aunque no definen exactamente algunos parámetros imprescindibles para valorar la rigurosidad de los documentos. Resulta raro el mes que no aparece un titular en la línea de “nos encontramos ante el peor dato de absentismo de la historia de España” o “el absentismo lastra la productividad, aumenta los costes empresariales y erosiona la competitividad”, aunque no los márgenes de beneficio, que siguen aumentando (esto último ya lo afirmo yo). Nuestra campaña pretende llamar la atención sobre lo perverso de los mensajes que proyectan estos estudios y el uso reiterativo que hacen las organizaciones empresariales de ello. Porque aunque puedan parecer muy rigurosos, tienden a mezclar circunstancias que tienen un origen diferente, si bien al final representan la ausencia del trabajador de su puesto de trabajo.
Para Comisiones Obreras, en primer lugar habría que definir “legalmente” qué entendemos por absentismo laboral, porque no existe tal definición. Según la Real Academia de la Lengua “absentismo” es la abstención deliberada de acudir al trabajo donde se cumple una obligación, abandono habitual del desempeño y deberes propios de un cargo. De los Informes, voy a recoger el concepto de dos de ellos. ADECCO lo define como “abstención deliberada de acudir al lugar donde se cumple una obligación”, y la definición de RANDSTAN es “la ausencia del trabajador a su puesto de trabajo cuando estaba prevista su presencia”, de lo cual deducimos que es todo aquello que no sea estar presente en el puesto de trabajo (acorde a la definición de la OIT), aunque esa ausencia esté vinculada, o no, con el ejercicio de algún derecho, como el permiso de maternidad, paternidad, matrimonio, cambios de residencia, permiso por defunción, permisos de formación, asuntos propios y/o, por supuesto, las horas de representación sindical. Derechos éstos recogidos en leyes, normativas legales o en la negociación colectiva. Esta circunstancia es otro elemento a considerar para el debate y la posible búsqueda de soluciones ante determinadas casuísticas en la propia negociación colectiva, en este “absentismo ocasional” por causas objetivas, como lo denominan, se recogen las principales causas de falta al trabajo. Estas ausencias preocupan en gran medida a las asociaciones empresariales y su entorno, básicamente porque son retribuidas y ellos no tienen medidas para su control. En su mayoría están recogidas en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y algunas forman parte de los lemas que hemos recogido en nuestra campaña, porque los trabajadores deben conocer y no perder de vista que detrás de todos estos estudios lo que se busca es meter la mano en el bolsillo de los derechos de las trabajadoras y trabajadores.
Derechos de amparo y protección de la salud o derivados de la propia negociación colectiva, ante lo que también opinan los defensores mediáticos de los empresarios siempre que pueden, los amplificadores de señal que sentencian con afirmaciones como “que la negociación colectiva está obsoleta y no adaptada a los tiempos actuales” , entre otras razones porque hay una “aceptación generalizada de la cultura del absentismo”, con un marco regulatorio en lo laboral trasnochado y una actitud “ineficiente “y “tolerante” ante las faltas al trabajo y bajas laborales.
Todos reconocemos que la principal causa de ausencia al trabajo son las bajas laborales por contingencias comunes
Contingencias comunes o contingencias profesionales
Bajas laborales o incapacidades temporales, como técnicamente se definen a la que se señala como principal causante de ausencias, las bajas de toda la vida, si bien resulta curioso que no se distingue entre aquellas vinculadas con contingencias comunes o con contingencias profesionales, siendo estas últimas las que implican la imposibilidad de acudir al trabajo como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. La falta de seguridad y sus consecuencias también son absentismo, según algunos de los estudios referidos. Siempre se debe dejar claro que el ejercicio de los derechos laborales no debe ser considerado causa de absentismo.
En resumen, desde portavoces de la patronal y contornos se critica que son fruto de una legislación y una negociación colectiva no adaptada a los tiempos y con respecto a las incapacidades inciden en que el sistema es permisivo, tanto en la concesión de las bajas laborales como del seguimiento y plazos de tratamiento. Si se insinúa que una persona trabajadora tiene facultades para tener su baja de forma fraudulenta, se está acusando directamente al médico o médica que extiende la misma que está prevaricando en su ejercicio profesional. De ningún modo podemos admitirlo.
Estas causas se suman a aquellas más claras, como faltas injustificadas, falta de rendimiento en el trabajo, retrasos en el horario, ámbitos éstos donde la empresa tiene margen para ejercer su potestad disciplinaria, aunque su incidencia general es escasa.
Lo que sí evidenciamos es que desde el año 2013 se está produciendo un aumento de las incapacidades temporales por contingencias comunes en bajas prolongadas, así consideradas porque se prolongan más de 365 días, y en la incidencia de nuevos casos también se incrementan las de corta duración. Nos surgen varias reflexiones: ¿estamos ante una sociedad que está perdiendo salud?, ¿analizamos cómo y porqué nos enfermamos?, ¿hay una falta de atención a la salud en ciertos ámbitos como la salud mental? Aquí las relaciones laborales también pueden representar un factor de riesgo. A estas preguntas se deben dar respuestas y evidentemente buscar soluciones.
Observatorio para el seguimiento de la incapacidad temporal
Es importante redefinir las estadísticas, para que todos manejemos los mismos datos y tengamos acceso a la misma información. Tanto las mutuas respecto de las y los trabajadores a los que dan cobertura, como el INSS tienen datos que deben de ser compartidos con los agentes sociales y sus representantes para obtener una foto a tiempo real de la situación. Por eso desde Comisiones Obreras hemos propuesto la creación de un Observatorio para el seguimiento de la incapacidad temporal por enfermedad común, en el que estén representadas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, para evaluar cifras y estadísticas e identificar las patologías con mayor prevalencia. A este respecto es necesario incidir en que las enfermedades relacionadas con alteraciones musculoesqueléticas y las denominadas no traumáticas (ictus, infartos, accidentes cardiovasculares diversos) mayoritariamente son calificadas como no laborales, cuando sabemos que las condiciones de trabajo son un factor determinante en el origen de muchas de estas enfermedades, por lo que urge mejorar los procedimientos de determinación de contingencias, asegurando una calificación del origen justa y definitiva por parte del INSS.
Todos reconocemos que la principal causa de ausencia al trabajo son las bajas laborales por contingencias comunes y también es significativo cómo se ha ralentizado la respuesta de los sistemas públicos de salud en la atención a los ciudadanos, retrasos en las primeras citaciones para medicina especializada, tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas, rehabilitaciones, etc. Desde Comisiones Obreras demandamos la puesta en marcha de políticas públicas que refuercen los recursos humanos y la financiación sanitaria de las comunidades autónomas para dar respuesta a las necesidades de la población en general y la trabajadora en particular.
En nuestra campaña dejamos claro que el ejercicio de derechos no es absentismo y denunciamos el uso peyorativo del término, orientado a confundir a la sociedad, induciéndola a pensar que se usa mayoritariamente de forma fraudulenta. No existen datos que evidencien el incremento del fraude, y así lo ha reconocido recientemente el propio Ministerio de Seguridad Social. Este debate debemos llevarlo a las empresas y empoderar a los trabajadores en los argumentos para la defensa de sus derechos.